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//Será posible! un impuesto al uso del Sol//

 Por: Mario Sotelo 

"Impuesto al sol” se mantiene en la nueva tarifa que Aresep está por aprobar para quienes usan paneles solares.

El pasado 23 de agosto la Junta Directiva de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Aresep) recibió la nueva propuesta de metodología tarifaria para cobrarle a quienes producen su propia electricidad a través de paneles solares.

Mientras tanto, el viernes 13 de setiembre de 2024 los mismos directivos conocieron el informe, le hicieron las últimas observaciones y está a horas de votarse, al parecer, de forma positiva.


Así lo confirmó a el Director General del Centro de Desarrollo de la Regulación de Aresep, Daniel Hernández.

Aunque él prefiere no llamarle “Impuesto al Sol”, uno de los temas medulares de la nueva metodología es que se mantiene este cobro. Él mejor le dice “tarifa de acceso”, como se le conoce técnicamente.

Pero el término de “Impuesto al Sol” se remonta a discusiones en España que datan del año 2015 y por un tema muy similar al de Costa Rica: por cobrarle a quienes instalan estos paneles por el hecho de seguir conectados a la red tradicional.


Sin embargo, la nueva metodología sí contiene un cambio: el cobro de la tarifa de acceso ya no se calculara sobre el total consumido, sino sobre lo producido en los paneles, y que es lo que el cliente está dejando de consumir de la red.

Cobro no es rentable o atractivo

“Hay un entendimiento de la autoridad reguladora de que se están cobrando tarifas que a los usuarios con paneles solares no les es rentable o atractivo”, señala Hernández.



Añade que únicamente están cumpliendo lo que les dice la Ley 10.086, que rige desde Diciembre del 2021 y que más bien tenía el objetivo de promover el despliegue de esta tecnología en Costa Rica.

Desde su perspectiva y desde lo que está plasmado en la nueva propuesta quitar la tarifa de acceso sería dar un “subsidio” a quienes instalan paneles solares. Esto porque cuando necesiten acceso a la red tradicional igual van a poder utilizarla.

Por ejemplo, si no tienen baterías para almacenar la producción en paneles y se les acaba su energía, o bien, si tienen alguna avería. 


En el caso de los comercios si tienen un aumento considerable del recurso energético también podría necesitarse de dicha conexión, entre otras situaciones.

Con la entrada en vigencia de la nueva ley en el 2021, Aresep dice que acató la orden de crear una metodología que respondiera a la orden de no subsidiar a estos clientes.

La nueva metodología introduciría un cambio con respecto a la anterior y es que el cobro de la tarifa de acceso ya no se calcularía sobre el total consumido, sino sobre lo producido en los paneles.




Cobros históricos de la tarifa de acceso:

Antes de la ley 10.086: calculaba la tarifa de acceso según los excedentes, si los había. 

Después de la ley 10-086: con la metodología que fue suspendida: calculaba la tarifa según con base en el llamado “consumo natural”, es decir, lo producido y lo consumido de la red tradicional. 

La nueva metodología: calcula la tarifa de acceso con base en lo producido con los paneles.

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